Precios sin impuestos* | Precios con impuestos IVA al 5% + Impuesto eléctrico | Precios con impuestos IVA al 21 % + Impuesto eléctrico | |
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Término de potencia Punta €/kW y año | 36,383052 | 38,393216 | 44,24361 |
Término de potencia Valle €/kW y año | 12,342708 | 13,024643 | 15,00935 |
Precio del término de energía con 2% de dto. por activar factura digital 1 año. | 0,129000 0,126420 | 0,136127 0,133405 | 0,156870 0,153733 |
* Precios sin impuestos con el 2% de dto. en el consumo de la electricidad durante el primer año. Se añadirá el impuesto eléctrico (0,5% o el importe mínimo de 0,5 €/MWh o de 1 €/MWh, según corresponda) y en gas el impuesto de hidrocarburos (0.00234€/kWh). Al resultado, se añadirá IVA (21% o 5% según corresponda), IGIC (Canarias 0% o 3%, y 7% según corresponda) o IPSI (Ceuta y Melilla: 4% o 1% según corresponda). A los precios se añadirá el coste regulado asociado al mecanismo de financiación del bono social: Coste fijo por cliente (comercialización) de 0,03845461€/día (Península y Baleares: 0,04057923€/día impuestos incluidos para potencias inferiores a 10kW y, para el resto de casos, 0,04676273€/día impuestos incluidos; Canarias: 0,03864689€/día impuestos incluidos para potencias inferiores a 10kW y cliente doméstico y, para el resto de casos, 0,03980629€/día impuestos incluidos; Ceuta y Melilla: 0,03903336€/día impuestos incluidos. Para los puntos de suministro peninsulares, a los precios de luz también se añadirá el coste regulado de la financiación del tope del gas, que se aplica para la generación de electricidad, y entre otros aspectos, supone un coste regulado adicional para financiar la propia medida. Este coste regulado se incluirá en la factura bajo el concepto «Coste tope del gas RDL10/2022».